ARTICULO 118. Los recursos que proceden contra las providencias dictadas en desarrollo de este capítulo, serán concedidos previa cancelación o garantía de la multa. En el evento de las resoluciones de suspensión del servicio o de alteración de tarifas, se le dará trámite al recurso si la autoridad de tránsito competente expide constancia de que ha cesado del hecho constitutivo de la infracción dentro del término para interponerlo. CAPITULO 7° Procedimiento.
Decreto 1787 de 1990 →Vigente
Artículo 118
Los Recursos Que Proceden Contra Las Providencias Dictadas En Desarrollo De Este Capítulo, Serán Concedidos Previa Cancelación O Garantía De La Multa
Decreto 1787 de 1990 · por el cual se dicta el Estatuto Nacional de Transporte Público Colectivo Municipal de Pasajeros y Mixto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.