º . Dirección de Gestión Estratégica del Grupo Social y Empresarial del sector Defensa " GSED". Son funciones de la Dirección de Gestión Estratégica del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED", las siguientes
Coordinar el diseño de la estrategia general y el modelo de planeación y seguimiento de la gestión del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED" para consideración de las instancias competentes y orientar su cumplimiento en las Entidades que lo conforman a través de cada Unidad Estratégica de Negocio, en el marco de la política sectorial.
Coadyuvar en el seguimiento a la ejecución de las políticas, programas y proyectos estratégicos de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED".
Orientar y hacer seguimiento a las sinergias, alianzas estratégicas y negociaciones conjuntas en el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED".
Asesorar al Ministro de Defensa Nacional por intermedio del Viceministro del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED" en la orientación para la definición y desarrollo de proyectos estratégicos para las entidades que conforman el Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED".
Promover el desarrollo y la innovación en ciencia y tecnología en las Entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED" y la recepción de la compensación industrial Offsets, en el marco de la política sectorial en coordinación con la Dirección de Gestión de Información y Tecnología y la Dirección de Planeación y Presupuestación del Sector Defensa.
Asesorar en la formulación de la política para la gerencia estratégica del talento humano de las entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED".
Coordinar la elaboración de los conceptos de Gestión y Control Estratégico de las Entidades del Grupo Social y Empresarial del Sector Defensa "GSED" que le sean solicitados por las instancias competentes.
Asesorar en la evaluación de la política y apoyar en el seguimiento a la administración y dirección del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, en los términos y para los efectos de los Decretos 1826 de 1962, 1132 de 1963 y 1083 de 1987 y las normas que los modifiquen o adicionen.
Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.