Micelio

Artículo 1

º Declarar Como Monumento Nacional, La Capilla De Siecha, En El Municipio De Guasca, Cundinamarca, Que Comprende El Conjunto Arquitectónico Integrado Por La Capilla, La Casa Cural Y Las Ruinas Del Antiguo Convento Dominico De San Jacinto

Decreto 604 de 1991 · por el cual se declara Monumento Nacional, la Capilla de Siecha, en el Municipio de Guasca, Cundinamarca, y se delimita su área de influencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Declarar como Monumento Nacional, la Capilla de Siecha, en el Municipio de Guasca, Cundinamarca, que comprende el conjunto arquitectónico integrado por la Capilla, la Casa Cural y las ruinas del antiguo Convento Dominico de San Jacinto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 604 de 1991