Artículo segundo. Con base en el mayor producto de las rentas de que trata el artículo anterior, ábrese los siguientes créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- a la Ley de Apropiaciones vigente: MINISTERIO DE GUERRA CAPITULO 43 Ministerio y Ejército. Al artículo 455. Para adquisición y conservación de armamento y material de guerra, en el año 1.380.500.00
Decreto 3058 de 1952 →Vigente
Artículo 455
Para Adquisición Y Conservación De Armamento Y Material De Guerra, En El Año 1
Decreto 3058 de 1952 · Por el cual se abren unos créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Hacienda y crédito Público y Guerra)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.