Orden da precedencia de Representantes Diplomáticos extranjeros. De acuerdo con el Decreto 1091 de 1945 (marzo 23), el orden de precedencia de los representantes diplomáticos extranjeros es el siguiente
Nuncio y Embajador Extraordinario y Plenipotenciario.
Inter-Nuncio y Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario.
Encargados de Negocios Ad-interim.
Auditor y Consejero.
Primeros Secretarios.
Segundos Secretarios.
Agregados militares, navales y aéreos por su graduación.
Agregados especializados y civiles.