Micelio

Artículo 11

La Junta Departamental De Censura, A Solicitud De Los Interesados, Podrá Reconsiderar Las Determinaciones De Los Anteriores Censores Sobre Rechazo O Aplazamiento De Películas, Y, Si Lo Estima Conducente, Les Hará El Pase Y Las Clasificará Conforme Al Artículo 9° Del Presente Decreto

Decreto 1142 de 1953 · Por el cual se aprueba el Decreto umero 0331 de abril 14 del año en curso, expedido por la Gobernacion de Cundinamarca

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Departamental de Censura, a solicitud de los interesados, podrá reconsiderar las determinaciones de los anteriores censores sobre rechazo o aplazamiento de películas, y, si lo estima conducente, les hará el pase y las clasificará conforme al artículo 9° del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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