° Autorízase al Contador del Regimiento de Artillería Bogotá número 1, para girar en libranza extraordinaria, por la cantidad de once mil ochenta y ocho pesos sesenta y cinco centavos ($ 11,088-65), a fin de que cubra los sueldos y demás acreencias pendientes por causa del desfalco en cuestión, debiendo rendir las cuentas del caso, de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia y debidamente comprobadas a la Corte del ramo.
Artículo 1
Autorízase Al Contador Del Regimiento De Artillería Bogotá Número 1, Para Girar En Libranza Extraordinaria, Por La Cantidad De Once Mil Ochenta Y Ocho Pesos Sesenta Y Cinco Centavos ($ 11,088-65), A Fin De Que Cubra Los Sueldos Y Demás Acreencias Pendientes Por Causa Del Desfalco En Cuestión, Debiendo Rendir Las Cuentas Del Caso, De Conformidad Con Las Disposiciones Vigentes Sobre La Materia Y Debidamente Comprobadas A La Corte Del Ramo
Decreto 1423 de 1922 · Por el cual se autoriza el pago de unos servicios en el Regimiento de Artillería Bogotá número 1, que no se atendieron en oportunidad por desfalco en la caja de la respectiva Unidad
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.