Micelio

Artículo 3

Ley 8 de 1909 · De honores a la memoria del señor doctor don Manuel Antonio Sanclemente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Consejos Administrativos departamentales arreglarán todo lo relativo á organización, recaudación, manejo é inversión de las Rentas expresadas y á la formación y recaudación dé cuentas de los responsables, como también á la represión y castigo del fraude. En tal virtud podrán disponer que se administren directamente tales rentas, ó que se den en arrendamiento por medio de remates celebrados con las formalidades legales.

Parágrafo

Caso de que los Gobiernos Departamentales resuelvan dar en arrendamiento la Renta de Licores, los remates de dicha Renta se harán por Municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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