Micelio

Artículo 18

Decreto 224 de 1889 · Por el cual se reglamenta la Ley 111 de 1888, orgánica de la Hacienda nacional en los Departamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 18. Las cuentas de los Administradores de Circuito y municipales se llevarán por partida sencilla en un libro de Caja, otro de cartera para letras y pagarés, y otro de especies.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 224 de 1889