Micelio

Artículo 1

º Levántase El Aplazamiento Ordenado Según Decreto Número 119 De 1947 (Enero 17), Para Las Siguientes Apropiaciones De La Ley De Gastos Vigente: Ministerio De Educacion Nacional Capítulo 79 Enseñanza Profesional

Decreto 1735 de 1947 · por el cual se autoriza el ejercicio de unas apropiaciones aplazadas por Decreto número 119 del corriente año (enero 17).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Levántase el aplazamiento ordenado según Decreto número 119 de 1947 (enero 17), para las siguientes apropiaciones de la Ley de Gastos vigente: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPÍTULO 79 Enseñanza profesional. Artículo 1352. Para el sostenimiento del laboratorio, biblioteca y demás gastos del Instituto de Ciencias Penales y Penitenciarias, anexo a la Universidad Nacional $60.000.00 Artículo 1354. Para sueldos del personal, adición y reparaciones del edificio, dotación y sostenimiento en general del Colegio Mayor de Cultura Femenina de Cundinamarca (Ley 48 de 1945 y Decreto 546 de 1946) 50.000.00 MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPÍTULO 103 Edificios nacionales - Construcción. Artículo 2144. Para continuar la construcción de la Ciudad Universitaria, de Bogotá 50.000.00 Suma $ 160.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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