Micelio

Artículo 1

Créase El Comité De Planeamiento Del Programa De Cocinol, Como Un Organismo Asesor Del Ministerio De Minas Y Energía, En Los Aspectos De Desarrollo Y Coordinación Del Citado Programa, El Cual Estará Integrado Así: A) El Ministro De Minas Y Energía, O Su Delegado, Quien Lo Presidirá; B) El Alcalde Mayor Del Distrito Especial De Bogotá O Su Delegado; C) El Presidente De La Empresa Colombiana De Petróleos, Ecopetrol, O Su Delegado, Y D) El Gerente General De La Compañía Colombiana De Gas S

Decreto 2334 de 1989 · por el cual se crea el Comité de Planeamiento del Programa de Cocinol y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Créase el Comité de Planeamiento del Programa de Cocinol, como un organismo asesor del Ministerio de Minas y Energía, en los aspectos de desarrollo y coordinación del citado programa, el cual estará integrado así

a)

El Ministro de Minas y Energía, o su delegado, quien lo presidirá;

b)

El Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá o su delegado;

c)

El Presidente de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, o su delegado, y

d)

El Gerente General de la Compañía Colombiana de Gas S. A., Colgas S. A., o su delegado.

Parágrafo

La Secretaría del Comité será atendida por la persona que designe el señor Ministro de Minas y Energía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2334 de 1989