El Ministerio de Gobierno, por medio de los funcionarios de su dependencia y de los Agentes del Ministerio Público, ejercerá igualmente una constante vigilancia en el servicio de registro en toda la República, pudiendo imponer multas de cincuenta a quinientos pesos ($50.oo a 500.oo) a los Registradores que no cumplan estrictamente los preceptos legales. Con el mismo fin prestará la debida atención a las actas de visita que los Jueces de Circuito remitan a ese Despacho.
En el informe que el Ministerio rinde al Congreso anualmente, dará cuenta del estado y marcha de la institución del registro, y presentará los proyectos de Ley que el perfeccionamiento de dicha institución requiera.