Micelio

Artículo 8

La Sección De Hidráulica Tendrá Las Siguientes Funciones: 8

Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Sección de Hidráulica tendrá las siguientes funciones: 8.1 Elaborar estudios y diseños de drenaje para los proyectos de vías que se ejecuten directamente por la Subdirección de Proyectos. 8.2 Dar las normas y especificaciones para el drenaje de las carreteras, sus obras complementarias y los diseños que han de ser usados por el Ministerio y sus consultores. 8.3 Revisar los proyectos y diseños de drenaje de las vías, cuyos estudios se adelanten por contrato. 8.4 Colaborar en la preparación de los anteproyectos y proyectos de carreteras en lo correspondiente a drenaje. 8.5 Colaborar con las correspondientes dependencias del Ministerio, en la solución de problemas de inestabilidad de taludes y derrumbes causados por la acción de las aguas superficiales o subterráneas. 8.6 Elaborar los estudios y proyectos de drenaje para las carreteras en uso, especialmente en aquellas que van a ser pavimentadas, o cuya estabilidad esté siendo afectada por deficiencias en esta clase de obras. 8.7 Colaborar con las dependencias regionales en la solución ele los problemas de drenaje.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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