El Viceministro de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado, quien la presidirá.
El Viceministro de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.
El Director de la Oficina de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.
El Director de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.
El Director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.
El Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia o su delegado.
El Coordinador del Grupo de Visas e Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores o su delegado.
Cuando la Comisión Asesora así lo determine, podrá invitar a un miembro de una institución o entidad del orden nacional, territorial o internacional, para que participen con voz y sin derecho al voto.
La Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado, contará con una Secretaría Técnica que será ejercida por un Asesor del Despacho del Viceministerio de Asuntos Multilaterales. Vigente desde: 26/05/2015 y hasta el: 24/01/2025