º. El Comando de la Fuerza Aérea Colombiana, a través de la dependencia que designe, organizará un servicio especial de transporte aéreo en beneficio de las regiones sub-desarrolladas del país, con el objeto de colaborar en las campañas asistenciales, docentes, de incremento agrícola y pecuario, de colonización, y en el fomento económico y social de tales territorios, de acuerdo con los prospectos del Gobierno.
Decreto 940 de 1962 →Vigente
Artículo 1
El Comando De La Fuerza Aérea Colombiana, A Través De La Dependencia Que Designe, Organizará Un Servicio Especial De Transporte Aéreo En Beneficio De Las Regiones Sub-Desarrolladas Del País, Con El Objeto De Colaborar En Las Campañas Asistenciales, Docentes, De Incremento Agrícola Y Pecuario, De Colonización, Y En El Fomento Económico Y Social De Tales Territorios, De Acuerdo Con Los Prospectos Del Gobierno
Decreto 940 de 1962 · Por el cual se adicionan y modifican los Decretos 2321 de 1943 y 1978 de 1946
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.