Micelio

Artículo 9

Ley 21 de 1929 · por la cual se concede un recurso extraordinario en materia penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En cualquiera de los casos de revisión autorizados por esta Ley, la sentencia condenatoria que reemplace la del respectivo tribunal militar, no podrá imponer una pena mayor que la impuesta en la sentencia primitiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 21 de 1929