Micelio

Artículo 3

El Artículo 171 De La Constitución Política Quedara Así: "todos Los Ciudadanos Eligen Directamente Concejales, Consejeros Intendenciales, Diputados A Las Asambleas Departamentales, Representantes, Senadores Y Presidente De La República"

Decreto 228 de 1975 · Por el cual se ordena publicación del proyecto de Acto Legislativo número 19 de 1974 por el cual se modifican los artículos 14, 15 y 171 de la Constitución Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El artículo 171 de la Constitución Política quedara así: "Todos los ciudadanos eligen directamente Concejales, Consejeros Intendenciales, Diputados a las Asambleas Departamentales, Representantes, Senadores y Presidente de la República".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 228 de 1975