° Los contraventores a este decreto serán considerados como desafectos al orden constitucional, i tratados conforme al derecho de la guerra; quedando sujetos a que se les decomisen, como contrabando, todas las armas i elementos cuyo comercio se prohíbe.
Decreto 493 de 1876 →Vigente
Artículo 4
Los Contraventores A Este Decreto Serán Considerados Como Desafectos Al Orden Constitucional, I Tratados Conforme Al Derecho De La Guerra; Quedando Sujetos A Que Se Les Decomisen, Como Contrabando, Todas Las Armas I Elementos Cuyo Comercio Se Prohíbe
Decreto 493 de 1876 · Orgánico del Ejército de Occidente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.