° Para funcionamiento de la Asamblea Departamental (dietas, viáticos y gastos de representación de los Diputados, y gastos en el personal de Secretaría, viáticos y demás erogaciones), en el Presupuesto de la próxima vigencia se apropiará partida global, ciñéndose el monto de ésta a lo dispuesto en la Ley 6ª de 1958. Además se apropiará lo necesario para adaptación de local de sesiones, mobiliario y demás dotación.
Decreto 1061 de 1960 →Vigente
Artículo 4
Para Funcionamiento De La Asamblea Departamental (Dietas, Viáticos Y Gastos De Representación De Los Diputados, Y Gastos En El Personal De Secretaría, Viáticos Y Demás Erogaciones), En El Presupuesto De La Próxima Vigencia Se Apropiará Partida Global, Ciñéndose El Monto De Ésta A Lo Dispuesto En La Ley 6ª De 1958
Decreto 1061 de 1960 · Por el cual se aprueba, con adiciones, el Decreto número 476-bis de 1960 (marzo 30), de la Intendencia Nacional del Meta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.