La Rama Ejecutiva determinará y reglamentará el sistema de agotamiento, bien a base de estimación técnica de costo de unidades de operación, o bien a base de porcentaje fijo. El contribuyente podrá elegir el sistema para calcular el agotamiento, escogida una de las dos bases, sólo podrá cambiarla por una sola vez con autorización del Jefe de Rentas e Impuestos Nacionales.
Decreto 1056 de 1953 →Vigente
Artículo 64
Decreto 1056 de 1953 · Por el cual se expide el Código de Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.