Micelio

Artículo 38

Decreto 2851 de 1984 · por el cual se dictan disposiciones sobre Asociaciones de Juntas de Acción Comunal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para ser dignatario de una Asociación se requiere

a)

Ser colombiano,

b)

Ser mayor de edad, saber leer y escribir;

c)

Tener domicilio permanente en el municipio sede de la Asociación.;

d)

Estar afiliado a una Junta de Acción Comunal con no menos de seis (6) meses de anterioridad y ésta a su vez ser afiliada a la Asociación;

e)

Ser elegido como delegado por su respectiva Junta de Acción Comunal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2851 de 1984