Art 3.° Para la dirección y organización de todo lo relativo al cumplimiento de las Leyes 23 de 1887 y 19 y 137 de 1888, en lo referente á la obra de qué trata este Decreto, habrá una Junta Directiva y un Director de la Empresa, nombrados como se expresa más adelante, para que como comisionados del Gobierno, promuevan lo conducente á dar cumplimiento a las disposiciones de las Leyes arriba citadas y cuiden de que los trabajos se ejecuten en las mejores condiciones de eficacia, solidez, economía, duración y prontitud.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.