Artículo único. Para atender a los sueldos y sostenimiento de Internados Indígenas y Escuelas Radiofónicas que funcionan en el Territorio Escolar del río San Juan, Vicariato Apostólico de Istmina (Chocó), hácese la siguiente distribución: Capítulo 349, artículo 3559: Sueldos en doce meses: enero a diciembre: Mensual Total Dos Maestras para el Internado de Noamá, a $ 100.00 cada una $ 200.00 2.400.00 Alimentación y sostenimiento de alumnos, Capellanes y personal docente del Internado 950.00 11.400.00 Para ampliar construcciones, en el año 6.000.00 Para mobiliario e imprevistos 2.700.00 Para fletes e imprevistos 2.500.00 Total $ 1.150.00 25.000.00 Capítulo 349, artículo 3560. Escuelas Radiofónicas. Para establecimiento de 20 escuelas nuevas, a $ 150.00 cada una, en el año 3.000.00 Para compra de radios de repuesto, pilas y juego de tubos, en el año 4.000.00 Para cursillos de auxiliares 2.500.00 Para pagar honorarios de 55 auxiliares 8.250.00 Para útiles de escritorio e imprevistos 2.250.00 Total $ 20.000.00 Capitulo 349, artículo 3561. Para sostenimiento y alimentación de alumnos y personal docente de Catrú, febrero a nonoviembre $ 1.500.00 15.000.00 Capítulo 349, artículo 3562. Para sostenimiento y alimentación de alumnos y personal docente de Bahía, Internado de Bahía Solano, en el año 10.000.00 Comuníquese y cúmplase.
Decreto 512 de 1956 →Vigente
Artículo 3559
: Sueldos En Doce Meses: Enero A Diciembre: Mensual Total Dos Maestras Para El Internado De Noamá, A $ 100
Decreto 512 de 1956 · Por el cual se distribuye la partida apropiada en el Presupuesto Nacional vigente para atender a los sueldos del personal y demás gastos de sostenimiento de la función educativa en el Territorio Escolar del rio San Juan
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.