El Gobierno procederá, previo acuerdo con los deudos del señor General don Alejandro Posada, a dictar las medidas conducentes para repatriar a costa del Tesoro Público los restos mortales de aquel distinguido colombiano, muerto en París cuando desempeñaba el cargo de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Colombia en Francia, para depositarlos en el cementerio de Bogotá.
Ley 70 de 1912 →Vigente
Artículo 1
Ley 70 de 1912 · por la cual se ordena la repatriación de los restos de un distinguido colombiano
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.