Micelio

Artículo 4

El Artículo 8º Del Decreto 250 De 1995 Quedará Así: Artículo 8º

Decreto 2707 de 1997 · por el cual se modifica el Decreto número 250 del 6 de febrero de 1995.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El artículo 8º del Decreto 250 de 1995 quedará así: Artículo 8º. El Consejo Nacional Transparente se reunirá de manera ordinaria una vez por mes y en forma extraordinaria cuando lo convoque el coordinador o la mayoría de sus miembros. De sus reuniones se dejarán actas que suscribirá el secretario del Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2707 de 1997