Inhabilidades e incompatibilidades. Además de las inhabilidades e incompatibilidades señaladas en la constitución Política y en la ley, a los miembros de la Junta Directiva, así como al representante legal de la entidad, al Secretario General, y demás funcionarios que de acuerdo con las normas vigentes cumplan funciones propias de los administradores de entidades financieras, se les aplicará el régimen general de inhabilidades, incompatibilidades previsto en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás disposiciones de la Superintendencia Financiera. CAPITULO II. Del patrimonio y fuentes de recursos
Decreto 1050 de 2006 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1050 de 2006 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.