Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1308 de 1996 · por el cual se delegan unas funciones constitucionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior, doctor Horacio Serpa Uribe, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos: 1º. Artículos 129, 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1º y 2º, 304 y 314. 2º. Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República. 3º. Artículos 163 y 165. 4º. Artículos 200 y 201. 5º. Artículos 212, 213, 214 y 215.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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