Micelio

Artículo 118

Fondo Cuenta Mindeporte

Ley 2294 de 2023 · por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 “Colombia Potencia Mundial de la Vida”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créese el Fondo Cuenta del Ministerio del Deporte, cómo cuenta especial sin personería jurídica, para el desarrollo de proyectos y/o actividades de acuerdo con su función que estén permitidos dentro de la normativa vigente.

Este Fondo tendrá como fuente de financiación, los recursos provenientes del Presupuesto General de la Nación; los recursos que se generen por concepto de la prestación y venta de bienes y servicios, arrendamiento; y las donaciones o apoyos recibidos a favor del Ministerio del Deporte.

Parágrafo

Los recursos del Fondo deberán destinarse a los siguientes objetivos:

1.

Financiar, total o parcialmente, planes, programas, actividades especiales en proyectos de posicionamiento y liderazgo deportivo y fomento y desarrollo del deporte.

2.

Fomentar y apoyar, a través de medidas específicas de financiamiento, el deporte escolar.

3.

Apoyar financieramente la investigación en ciencias del deporte.

4.

Mantenimiento, mejoramiento y/o construcción de escenarios deportivos en el territorio nacional.

5.

Fomento de proyectos que tiendan a la promoción del acceso al deporte, aplicando medidas diferenciales en favor de personas en situación de discapacidad y demás personas objeto de especial protección constitucional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2294 de 2023