Micelio

Artículo 6

Ley 47 de 1915 · Sobre arreglo del archivo del Congreso y formación de Bibliotecas para el servicio de las Cámaras Legislativas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Archivero del Congreso prestará fianza para responder de los documentos del archivo y de la obras de la biblioteca. Esta fianza no será cancelada por el Gobierno sino después de probar el respectivo responsable que ha entregado los documentos y las obras que deberá haber recibido por inventario. Al efecto deberá llevar relación detallada de los documentos del archivo y de los libros de la biblioteca, y tanto el uno como la otra deben ser entregados a los que entren a desempeñar el puesto por es saliente y por el empleado que designe al efecto el Ministerio de Gobierno. El Gobierno determinará la cuantía de la fianza, que deberá ser prendaria o hipotecaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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