Son deberes y funciones del Médico del Establecimiento
Dictar y hacer cumplir las normas sobre higiene;
Concurrir diariamente al Establecimiento para examinar a los enfermos y cada vez que sea necesario, bien porque se le llame o porque el cuidado del enfermo así lo exige;
Consignar permanentemente en un libro las formulas o prescripciones que estime necesarias y las historia clínica de cada enfermo;
Revisar periódicamente la población carcelaria;
Hacer que se lleve un libro de registro de entrada y salida de los enfermos de la enfermería a los hospitales.
Informar al Director acerca del estado físico y de salud de los detenidos o condenados, cuando tales datos sean indispensables, y resolver las consultas que sobre el particular se hagan;
Cerciorarse de la buena calidad de las medicinas y de los artículos alimenticios destinados a los enfermos y en general a los recluso, y todo lo demás que puedan interesar a su salud con tal fin debe visitar una vez por semana los locales del Establecimiento, los almacenes de víveres, la cocina etc; de tales visitas dará cuenta por escrito el Director.
Presentar al Director cada seis meses un informe sobre el estado sanitario del Establecimiento y acerca de las mejoras que en tal sentido deban hacerse.
Dictar frecuentemente conferencias a todo el personal del Establecimiento, sobre higiene, sobre las cuestiones médicas que interés hacer conocer
Señalar a los practicantes y enfermos sus deberes y velar por que los cumpla estrictamente.
Controlar el funcionamiento de la farmacia.
Dirigir y controlar los servicios de consulta, laboratorio, servicio de cirugía, de enfermería, de hospitalización, frenocomios, etc. ll) Rendir mensualmente un informe estadístico al Director del Establecimiento, sobre el número de enfermos y especificación de las enfermedades.
Colaborar en la confección de la Cartilla Biográfica en la parte que a él le corresponde.
Atender en la consulta médica a los empleados del Establecimiento, en caso de la necesidad.