Reporte de cambios en la estructura de administración, dirección y/o representación. Cuando los Consejos Comunitarios, las formas o expresiones organizativas y las organizaciones de base, citadas en los artículos anteriores, produzcan cambios, totales o parciales, en su junta, del representante legal, en cualquiera de sus órganos de dirección o administración, y cualquier información que se encuentre inscrita, se deberá comunicar la citada modificación al Ministerio del Interior a través de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, dentro de un término de diez (10) días, siguientes a la realización del cambio respectivo.
Cuando se trate de novedades en la junta de los Consejos Comunitarios o en la representación legal, la información deberá ser remitida por la respectiva alcaldía o el respectivo representante legal del Consejo Comunitario a la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
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