Micelio

Artículo 10

Ley 78 de 1923 · Por la cual se establece y reglamenta el recurso de casación en materia criminal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Corte Suprema, si encontrare justificada la primera de las causales de casación de que habla esta Ley, o sea la violación de la ley penal sustantiva, invalidara el fallo y dictara el que deba reemplazarlo. Lo propio se aplicara cuando encontrare justificadas la tercera o cuarta de dichas causales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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