Micelio

Artículo 8

El Fondo Designará Los Funcionarios Y El Personal A Cuyo Cargo Deba Quedar La Realización De Las Actividades Que Le Corresponden, Tanto Técnicas Como Administrativas, Y Les Fijará Sus Asignaciones

Decreto 1084 de 1961 · Por el cual se reglamentan los artículos 120 y siguientes del decreto 1650 de 1960, referentes al fondo nacional de caminos vecinales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El Fondo designará los funcionarios y el personal a cuyo cargo deba quedar la realización de las actividades que le corresponden, tanto técnicas como administrativas, y les fijará sus asignaciones.

Parágrafo

El personal que depende del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, forma parte de la Rama Ejecutiva del Poder Público Nacional y estará sujeto, por lo tanto, a las disposiciones que reglamentan el Servicio Civil y la Carrera Administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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