Micelio

Artículo 35

Procedencia De Suboficiales Del Cuerpo Logístico Y Técnicos De La Fuerza Aérea

Decreto 612 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Procedencia de Suboficiales del Cuerpo Logístico y Técnicos de la Fuerza Aérea. Los Suboficiales del Cuerpo Logístico y los Técnicos de la Fuerza Aérea podrán proceder de los Suboficiales en actividad, de las Escuelas de Formación de Suboficiales de los institutos nacionales autorizados para expedir título en carreras intermedias u oficios técnicos, una vez terminados los correspondientes estudios y de los técnicos civiles ya titulados o experimentados que soliciten un escalafonamiento como Suboficiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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