El pago de los aportes de desarrollo regional se sujetará a los requisitos que señale el reglamento del Gobierno, requisitos que estarán encaminados al ejercicio de un estricto control para que los mandatos de la presente Ley y los objetivos del Plan que ella adopta, tengan un cabal cumplimiento.
Ley 30 de 1978 →Vigente
Artículo 13
Ley 30 de 1978 · por la cual se adoptan un plan y un programa de fomento a empresas útiles y benéficas de desarrollo regional, se decreta un gasto y se dictan normas relacionadas con el control y vigilancia de las correspondientes apropiaciones presupuestales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.