Micelio

Artículo 9

Funciones De La Comisión Intersectorial De La Política Pública Nacional Lgbtiq+

Decreto 1311 de 2025 · por medio del cual se crea y organiza el Sistema Nacional para la Garantía de los Derechos de la Población LGBTIQ+ y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones de la Comisión Intersectorial de la Política Pública Nacional LGBTIQ+. Sin perjuicio de las competencias de las entidades que integran esta instancia, son funciones de la Comisión Intersectorial de la Política Pública Nacional LGBTIQ+, las siguientes

1.

Coordinar y orientar la implementación de la Política Pública Nacional LGBTIQ+ y su plan de acción, y aportar en la definición de los lineamientos para su seguimiento.

2.

Proponer y hacer seguimiento a las acciones intersectoriales, dirigidas al goce efectivo de los derechos de la población LGBTIQ+, en función de las necesidades de prevención y garantía de los derechos fundamentales para esta población.

3.

Formular y divulgar los lineamientos técnicos para la implementación de acciones y medidas que contribuyan a la garantía de los derechos de la población LGBTIQ+.

4.

Formular los lineamientos para el monitoreo y evaluación de indicadores y metas de la Política Pública Nacional LGBTIQ+ y su plan de acción.

5.

Generar los lineamientos para la producción estadística sobre, la situación de derechos de la población LGBTIQ+.

6.

Establecer lineamientos para la definición y monitoreo de las rutas, procesos y procedimientos para el abordaje integral de la prevención, atención e investigación oportuna a casos de violencias por prejuicio, a nivel nacional, departamental, distrital y municipal.

7.

Orientar la formulación de los planes de acción intersectoriales e interinstitucionales para la garantía de los derechos de seguridad, protección, justicia y reparación de las víctimas de violencias por prejuicio en todo el territorio nacional.

8.

Acompañar el monitoreo, seguimiento y evaluación de los planes de acción establecidos, definiendo estrategias de ajuste, revisión periódica y actualización.

9.

Definir los mecanismos de interlocución con la sociedad civil en articulación con los componentes de participación de las entidades del Gobierno nacional.

10.

Elaborar el plan de trabajo de la Comisión.

11.

Elaborar y presentar un informe periódico sobre los avances y retos en la implementación del plan de trabajo de la Comisión, conforme el reglamento interno de la comisión.

12.

Expedir su propio reglamento.

13.

Las demás que le correspondan por su naturaleza y para dar cumplimiento a su objeto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1311 de 2025