Los materiales de construcción que se introduzcan con destino a la edificación de los estadios de que trata esta Ley, una vez aprobados los planos y presupuestos por el Ministerio de Educación, quedarán exentos de derecho de aduana y de puerto, mediante solicitud hecha al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Ley 43 de 1937 →Vigente
Artículo 4
Ley 43 de 1937 · Por la cual se auxilia la construcción de estadios municipales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.