Artículo cuarto. Autorízase a la Junta Directiva del Instituto de Crédito Territorial para conceder créditos a intereses menores de los establecidos en este Decreto para programas de erradicación de tugurios, en caso de calamidad pública, o en planes de mejoramiento de los barrios del ICT. Asimismo la Junta Directiva podrá cobrar intereses mayores cuando se trate de operaciones de compra de hipotecas o de programas con intervención de la iniciativa privada.
Decreto 1339 de 1963 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1339 de 1963 · Por el cual se rebaja la tasa de interés en los créditos concedidos por el Instituto de Crédito Territorial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.