º. Para los efectos señalados en el artículo anterior, a las importaciones de los productos mencionados originarios de terceros países, se aplicarán derechos variables adicionales al arancel ad-valorem vigente para terceros países cuando los precios internacionales de referencia CIF de dichos productos sean inferiores a determinados niveles piso. Así mismo, se aplicarán rebajas al gravamen ad-valorem vigente para terceros países para reducir el costo de importación cuando los precios internacionales de referencia CIF sean superiores a determinados niveles techo. CAPITULO II. Elementos del sistema
Decreto 547 de 1995 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 547 de 1995 · por medio del cual se establecen la metodología y los criterios objetivos para la determinación del sistema de franjas de precios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.