Micelio

Artículo 4

Además De Las Ventas De Los Bienes Y Servicios Y Servicios Señalados En El Artículo 8º Del Decreto 1988 De 1974, Están Exentas Del Impuesto Respectivo Las Ventas De: A) Empaque De Fique, Cáñamo, Yute Y Algodón B) Papel Periódico Y Cartones Para Estereotipia C) Gasas Tipo Hospital; Tubo De Vidrio Neutro Y Ampolletas De Vidrio Neutro Para La Industria Farmacéutica; Preparaciones Opacificantes Para Examen Radiográfico Y Reactivos De Diagnóstico Para Empleo Sobre El Paciente

Decreto 2368 de 1974 · Por el cual se rebaja el impuesto sobre las ventas y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Además de las ventas de los bienes y servicios y servicios señalados en el artículo 8º del Decreto 1988 de 1974, están exentas del impuesto respectivo las ventas de

a)

Empaque de fique, cáñamo, yute y algodón

b)

Papel periódico y cartones para estereotipia

c)

Gasas tipo hospital; tubo de vidrio neutro y ampolletas de vidrio neutro para la industria farmacéutica; preparaciones opacificantes para examen radiográfico y reactivos de diagnóstico para empleo sobre el paciente.

d)

Herramientas agrícolas, hortícolas y forestales de la posición 82.01 del Arancel de Aduanas.

e)

Bicicletas con ruedas de más de 50 cms. De diámetro exterior.

f)

Servicios de reparación a las embarcaciones marítimas y a los aerodinos, de bandera o matrícula extranjera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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