Micelio

Artículo 201

Medidas Para Reducir La Posibilidad De Aparición De Fuegos E Incendios

Decreto 1886 de 2015 · por el cual se establece el Reglamento de Seguridad en las Labores Mineras Subterráneas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Medidas para reducir la posibilidad de aparición de fuegos e incendios. El titular del derecho minero, el explotador minero y el empleador. El empleador o explotador minero, debe adoptar las medidas técnicas necesarias para reducir, al máximo, la posibilidad de aparición de fuegos o incendios.

Parágrafo

No se deben almacenar dentro de las labores mineras subterráneas materiales combustibles.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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