Micelio

Artículo 6

El Presente Decreto Rige A Partir Del 1º De Enero De 1981

Decreto 3417 de 1980 · Por el cual se establecen las tablas de retención en la fuente sobre salarios y dividendos para el año gravable de 1981

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 6º. El presente Decreto rige a partir del 1º de enero de 1981.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3417 de 1980