Acceso a instalaciones, aeronaves y documentos de aviación. Los inspectores de aviación y los investigadores de accidentes o incidentes de aviación, debidamente acreditados, tendrán, para el exclusivo ejercicio de sus funciones y responsabilidades, acceso irrestricto a los aeródromos y demás instalaciones donde se ejecuten actividades de aeronáutica civil, así como a las aeronaves y documentos de aviación.
Decreto 1079 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.2.4.12
Acceso A Instalaciones, Aeronaves Y Documentos De Aviación
Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.