En conmemoración del próximo Congreso Eucarístico Internacional se acuñarán monedas de $ 5.00, en la cuantía que determine la Junta Monetaria, con las características que se acuerden entre el Gobierno Nacional y el Banco de la República, y la utilidad que resulte de esta operación será destinada por el Gobierno a los gastos de dicho Congreso Eucarístico.
Ley 22 de 1968 →Vigente
Artículo 5
Ley 22 de 1968 · Por la cual se autoriza la emisión de monedas conmemorativas del Trigésimonono Congreso Eucarístico Internacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.