La tarifa para la matrícula y los actos de inscripción de los documentos a que se refiere el artículo 28 del Código de Comercio será la señalada en el Decreto 242 de 1970. Igualmente se aplicará a los certificados que expidan las Cámaras de Comercio. CAPITULO V Vigilancia Administrativa y Contable
Decreto 1361 de 1974 →Vigente
Artículo 23
La Tarifa Para La Matrícula Y Los Actos De Inscripción De Los Documentos A Que Se Refiere El Artículo 28 Del Código De Comercio Será La Señalada En El Decreto 242 De 1970
Decreto 1361 de 1974 · Por el cual se reglamenta el Título VI del Libro Primero del Código de Comercio, sobre Cámaras de Comercio, y algunos artículos del Decreto-Ley 623 de 1974 sobre la Superintendencia de Industria y Comercio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.