De la formulación de cargos. Si de las diligencias practicadas se concluye que existe mérito para adelantar la investigación o por haberse practicado una medida sanitaria de seguridad o preventiva, se procederá a notificar personalmente al presunto infractor de los cargos que se le formulan.
Si no pudiere hacerse la notificación personal se dejará una citación escrita con un empleado responsable del establecimiento, expendio, fábrica o vehículo, para que la persona indicada concurra a notificarse dentro de los cinco (5) días calendario siguientes. Si no lo hiciere, se fijará un edicto en la Secretaria de la Dirección General Técnica del Ministerio de Salud o de la entidad delegada por un término de diez (10) días, vencidos los cuales se entenderá surtida la notificación.