Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1276 de 1963 · Por el cual se reglamentan los artículos 2º a 7º de la Ley 83 de 1962

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las operaciones de crédito en moneda extranjera, a que se refiere el literal a) del artículo anterior, se sujetarán a las siguientes condiciones

a)

El plazo de los créditos será hasta de doce meses cuando se trate de bienes de consumo inmediato, y hasta de veinticuatro (24) meses, cuando se trate de bienes de consumo durable o de bienes de capital. El Banco de la República determinará el plazo que se puede conceder en cada operación;

b)

Los préstamos estarán destinados exclusivamente a financiar exportación de productos elaborados en el país. c). El Banco de la República determinará el monto máximo de la financiación de cada operación de exportación, sin que tal financiación pueda ser superior al 80% del valor de la exportación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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