Son funciones del Ministro, además de las que le señalan la Constitución y las leyes, las siguientes:
Fijar políticas, dirigir y orientar la formulación de los planes, programas y proyectos de desarrollo del sector Gobierno;
Orientar y coordinar la gestión de todas las dependencias del Ministerio;
Coordinar las entidades que pertenecen al Sector;
Velar porque las entidades que pertenecen al Sector Gobierno, cumplan las normas legales y reglamentarias pertinentes;
Evaluar los resultados de la gestión del Ministerio y de las entidades adscritas.