Micelio

Artículo 5

Ley 52 de 1990 · por la cual se establece la estructura orgánica Marco del Ministerio de Gobierno; se determinan las funciones de sus dependencias, se dictan otras disposiciones y se conceden unas facultades extraordinarias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones del Ministro, además de las que le señalan la Constitución y las leyes, las siguientes:

a)

Fijar políticas, dirigir y orientar la formulación de los planes, programas y proyectos de desarrollo del sector Gobierno;

b)

Orientar y coordinar la gestión de todas las dependencias del Ministerio;

c)

Coordinar las entidades que pertenecen al Sector;

d)

Velar porque las entidades que pertenecen al Sector Gobierno, cumplan las normas legales y reglamentarias pertinentes;

e)

Evaluar los resultados de la gestión del Ministerio y de las entidades adscritas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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