Micelio

Artículo 2

Decreto 3177 de 1965 · por el cual se cancelan unas partidas, se hace una distribución parcial de la partida destinada para el sostenimiento de becas nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la partida apropiada en el Capítulo 702, artículo 7070 del Presupuesto Nacional vigente, para el sostenimiento de becas nacionales, hácese la siguiente distribución parcial:

En diez (10) meses, de febrero a

noviembre

Octubre a diciembre:

CAUCA

12

12

5

En cinco (5) meses de julio a noviembre:

4

noviembre.

1

diciembre:

30

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3177 de 1965