Micelio

Artículo 1

Decreto 595 de 1956 · Que amplía el plano para la creación y organización de los Fondos Ganaderos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ampliase hasta el 1.none de enero de 1957 el plazo para la creación de los Fondos Ganaderos, a que se refiere el artículo 3.none del Decreto-ley número 3387 de 1955.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 595 de 1956